(CVE 1122201)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
DELEGA FACULTAD DE FIRMAR TRANSCRIPCIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA CONFORME LEY N° 20.285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PúBLICA
(Resolución)
Núm. 6.864 exenta.- Santiago, 4 de octubre de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; en el decreto supremo N° 248, de 2010, que aprueba el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Ministerio de Defensa Nacional; en la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, especialmente lo dispuesto en el artículo 33, letra d); en el decreto supremo N° 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que contiene el Reglamento de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el Instructivo General N° 10, del Consejo para la Transparencia, especialmente lo dispuesto en su punto N° 7; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que la necesidad de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas de dar cabal y oportuno cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.285, requiere de un procedimiento interno que facilite la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública, aplicando los principios de eficiencia, eficacia y economía procedimental que deben inspirar la actuación de los órganos de la Administración del Estado.
2.- Que, de acuerdo a la Ley N° 18.575, es procedente la delegación de facultades y de atribuciones propias, bajo los términos y condiciones establecidos en el artículo 43 de dicho cuerpo legal.
3.- Que conforme a las instrucciones contenidas en el punto 7 del Instructivo General N° 10 del Consejo para la Transparencia, las respuestas a las solicitudes de información y demás actos administrativos que se dicten durante el procedimiento de acceso a la información, podrán ser firmadas por aquellos funcionarios a quienes se les haya delegado dicha facultad de firma, sin que ello altere la responsabilidad establecida en los artículos 45 y siguientes de la Ley de Transparencia.
4.- Que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 y siguientes de la Ley N° 20.424, en relación con los artículos 21 y siguientes de su Reglamento, el jefe superior de la Subsecretaría es el Subsecretario para las Fuerzas Armadas, quien conforme a lo señalado en los considerandos anteriores podrá delegar la facultad de firmar por orden de la autoridad delegante determinados actos administrativos.
5.- Que de acuerdo a lo dispuesto por la letra c) del artículo 25 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Ministerio de Defensa Nacional, corresponde a la División Jurídica dar cumplimiento a las obligaciones de la Subsecretaría en materia de transparencia activa y pasiva, provenientes de la Ley N° 20.285.
Resuelvo:
1. Delégase en el Jefe del Departamento Jurídico Administrativo y Transparencia, en casos de feriado legal, cometido funcionario o mera ausencia, del Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, la facultad de firmar las transcripciones de las resoluciones de respuesta a las solicitudes de información pública contempladas en la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
2. Notifíquese la presente resolución al Jefe del Departamento Jurídico Administrativo y Transparencia, entregándole copia íntegra de la misma.
Anótese, comuníquese a todas las divisiones, departamentos y unidades. Publíquese y archívese.- Paulina Vodanovic Rojas, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- José Miguel Poblete East, Jefe División
Jurídica.