(CVE 1681502)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
APRUEBA LA PRIMERA ENMIENDA A LA SEGUNDA EDICIÓN DE LA NORMA AERONÁUTICA DAN 14 05, DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE LOS CUARTELES DEL SERVICIO DE SEGURIDAD, SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS (SSEI)
(Resolución)
Núm. 1.027 exenta.- Santiago, 14 de octubre de 2019.
Vistos:
a) Ley N° 18.916, de 1990, que aprueba el Código Aeronáutico y sus posteriores modificaciones.
b) Ley N° 16.752, de 1968, que Fija Organización y Funciones y establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil y sus posteriores modificaciones.
c) Decreto supremo N° 509 bis, de 28 de abril 1947, del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, publicado en el Diario Oficial de Chile el 6 de diciembre de 1957, que promulga el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago el 7 de diciembre de 1944 y sus posteriores modificaciones.
d) Decreto supremo N° 173, de 4 de octubre 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, que aprueba la Segunda Edición del Reglamento de Aeródromos DAR-14.
e) Decreto supremo N° 222, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento (ROF) de la Dirección General de Aeronáutica Civil y sus modificaciones posteriores.
f) Resolución exenta N° 0131, de 31 de enero de 2019, del Departamento de Planificación, que aprueba la Quinta Edición del Documento Rector Orgánico y Funcionamiento (DROF), del Departamento Planificación.
g) Res Ex N° 0826, de 23 agosto 2019, que aprueba la Segunda Edición de la Norma Aeronáutica DAN 14 05, Diseño e implementación de los cuarteles del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI).
h) Resolución exenta N° 04/2/655/0872, de 2 de septiembre de 2019, del Departamento Planificación, que aprueba el Plan Estratégico 2019-2030 de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
i) Resolución exenta N° 0095, de 28 de enero de 2019, del Departamento Planificación, que aprueba la Tercera Enmienda a la Tercera Edición del PRO ADM 02, Estructura normativa de la DGAC.
j) Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, "Aeródromos" Volumen 1, Diseño y operaciones de aeródromos, octava edición, julio 2018.
k) Circular de Asesoramiento A/C N° 150/5210-15 A de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos de Norteamérica.
l) Correo electrónico de 9 de septiembre de 2019, del Sr. Sammy Bravo Campos, del Departamento Planificación, que solicita propuesta de Primera Enmienda a la Segunda Edición de la Norma Aeronáutica DAN 14 05, Diseño e implementación de los cuarteles del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI).
m) Correo electrónico de 28 de septiembre 2019, del Sr Marcelo Moreno Ramírez, Jefe de la Sección Seguridad, Salvamento y Extinción de incendios en Aeronaves (SSEI) validando la propuesta de la Primera Enmienda a la Segunda Edición de la Norma Aeronáutica DAN 14 05, Diseño e implementación de los cuarteles del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de incendios (SSEI).
Considerando:
Lo solicitado por los documentos de los Vistos de letra i) y letra m) de la presente Resolución y la necesidad institucional de actualizar la normativa referida al diseño e implementación de los cuarteles del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI).
Resuelvo:
Apruébase la Primera Enmienda a la Segunda Edición de la Norma Aeronáutica DAN 14 05, Diseño e Implementación de los cuarteles del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI).
Anótese y comuníquese.- Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.
I. MATERIA
El objetivo primordial del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) es salvar vidas humanas ante la ocurrencia de un accidente o incidente aéreo que se produzcan en los aeropuertos/aeródromos y en sus cercanías, siendo de su responsabilidad, proporcionar una respuesta oportuna, proteger la vida y la propiedad y reducir al mínimo los efectos de un accidente aéreo, un incidente o de un acontecimiento catastrófico.
Los Cuarteles SSEI, se emplazarán en áreas adyacentes a las calles de rodaje o plataforma. Estos cuarteles deberán permitir albergar todos los vehículos, equipos, materiales y elementos técnicos asignados. Además, proporcionar la adecuada comodidad y buenas condiciones para el desempeño del personal que cumple servicios. Ante tal circunstancia y para proporcionar la orientación al respecto, esta Norma trata las características esenciales y convenientes a considerar en el diseño e implementación del Cuartel SSEI.
Esta Norma no se refiere a las características de construcción debido a que estas se encuentran establecidas en la normativa gubernamental existente.
CAPÍTULO 1
DEFINICIONES
Para los efectos de esta Norma, los términos indicados a continuación, tienen el significado siguiente:
ÁREA DE MANIOBRAS
Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves, excluyendo las plataformas.
ÁREA DE MOVIMIENTO
Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves, integrada por el área de maniobras y la(s) plataforma(s).
CENTRAL DE COMUNICACIONES Y ALARMA (C.C.A.)
Área ubicada en la Dependencia de Observación, donde se centraliza la información de las alarmas de accidentes y pueden ordenar actuaciones de control de emergencias.
CUARTELES (Principal, Satélite y uso temporal) S.S.E.I.
Dependencias con instalaciones apropiadas para albergar con seguridad al personal, equipo y vehículos de emergencia asignados al aeropuerto o aeródromo.
ESTACIÓN REMOTA S.S.E.I.
Dependencia con instalaciones apropiada para albergar con seguridad al personal y vehículos del Servicio SSEI cuando exista más de un terminal de pasajeros y no se pueda cumplir el tiempo de respuesta respectivo, AVSEC, supervisión de plataforma, coordinador de servicio y SUM de la DGAC.
EQUIPOS AUXILIARES
Equipamiento asociado a dispositivos que pueden apoyar a una emergencia, tales como generadores eléctricos móviles, compresores de aire, entre otros.
PERSONAL SSEI.
Personal técnico en Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios, capacitado y entrenado para responder activamente en el salvamento, rescate y extinción de incendio frente a emergencias ocurridas en aeródromos y sus cercanías.
PISTA
Área rectangular definida en un aeródromo terrestre preparada para el aterrizaje y el despegue de las aeronaves.
PLATAFORMA
Área definida, en un aeródromo terrestre, destinada a dar cabida a las aeronaves, para los fines de embarque o desembarque de pasajeros, correo o carga, abastecimiento de combustible, estacionamiento o mantenimiento.
SERVICIO DE SEGURIDAD, SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS (SSEI)
Servicio encargado de dar una respuesta inmediata ante la ocurrencia de un accidente o incidente de aeronaves en tierra, con el propósito de salvar vidas humanas mediante el salvamento y extinción de incendio en aeronaves.
TIEMPO DE RESPUESTA
Tiempo total medido desde el momento que se activa la alarma hasta que el primer vehículo SSEI llega al escenario donde se encuentra la aeronave siniestrada y está en condición de aplicar agente extintor a un régimen de descarga no inferior al 50% del correspondiente a la categoría del AP/AD.
TORRE DE CONTROL DE AERÓDROMO (TWR)
Dependencia establecida para suministrar servicio de control de tránsito aéreo al tránsito de aeródromo.
PLAN NIEVE
Requisito normativo establecido en Documento OACI Anexo 14, Capítulo 10, consistente en una serie de procedimientos, coordinaciones e información, orientada a mantener la superficie del área de movimiento libre de nieve, hielo y escarcha, mediante la aplicación de un sistema preventivo y de control, que considera equipos de medición, vehículos especiales y productos químicos, con la finalidad de asegurar que el rozamiento y la eficacia de frenado de la superficie de los pavimentos se conserven en condiciones tales que no afecten desfavorablemente a la seguridad, regularidad y eficiencia de las operaciones aéreas.
UMBRAL
Comienzo de la parte de pista utilizable para el aterrizaje. VEHÍCULO EXTINTOR PRINCIPAL Vehículo diseñado especialmente para el combate de incendios en aeronaves, el transporte del personal y equipamiento técnico, dentro de un tiempo mínimo (tiempo de respuesta) y es considerado para brindar el nivel de protección SSEI.
VEHÍCULO DE APOYO
Vehículos diseñados para intervenir en tareas específicas o apoyar en situaciones de emergencias en el aeropuerto o aeródromo, tales como HAZ-MAT, PMM, SAM, RPA, Plan Nieve, entre otros.
CAPÍTULO 2
CONSIDERACIONES GENERALES
2.1 ALCANCE
2.1.1 Esta Norma establece e identifica las necesidades y disposición de los cuarteles (principales, satélite y uso temporal) SSEI, estaciones remotas y dependencia plan nieve que apoyan el desarrollo de las operaciones y otras diversas actividades que corresponde llevar a cabo al Servicio SSEI en un aeropuerto o aeródromo, como se establece en los documentos signados en los antecedentes.
2.1.2 La clave para el desarrollo exitoso de tales actividades, se logra con una ubicación óptima de las instalaciones, complementadas con un diseño que contemple los aspectos técnicos necesarios y convenientes para mantener y mejorar en el tiempo, la eficacia, eficiencia y efectividad del personal y equipamiento técnico del Servicio SSEI.
2.1.3 Seleccionar la ubicación apropiada para emplazar los cuarteles (principales, satélite y uso temporal) y las estaciones remotas del Servicio SSEI es trascendental para reducir los tiempos de respuestas ante una emergencia de aeronave.
2.1.4 El diseño y orientación de los cuarteles debe considerar vías directas y libres de obstáculos para que el personal pueda acceder en el menor tiempo a los umbrales, pistas, calles de rodaje y plataformas con los vehículos de emergencia.
2.1.5 Se establecerán estaciones remotas cuando en un aeropuerto o aeródromo existan más de un terminal de pasajeros y no se pueda cumplir el tiempo de respuesta respectivo.
2.1.6 Las estaciones remotas SSEI, podrán albergar, además, estaciones AVSEC, SAM y coordinador de servicio, se emplazará dentro de la plataforma, quedando su ubicación libre de obstáculo y vías expeditas para responder a emergencias.
2.1.7 Los cuarteles de uso temporal, se construirán en aeródromos que tengan operaciones comerciales regulares, con aeronaves de más 20 asientos, en determinados periodos de tiempos durante un año.
2.1.8 Los cuarteles provisorios, serán diseñados y construidos de estructuras que permitan su instalación y desarme en un periodo de tiempo acotado y serán habilitados en aeropuertos y aeródromos por situaciones que la autoridad aeronáutica determine.
2.2 AMBIENTE DE TRABAJO
2.2.1 En los Cuarteles (principales, satélite y uso temporal) SSEI, el personal deberá contar con un ambiente de trabajo seguro y confortable. El nivel de ruido del ambiente de trabajo deberá cumplir con las exigencias de la norma nacional para tal efecto.
2.2.2 Los cuarteles (principales, satélite y uso temporal) deberán contar con un recinto adecuado para el desarrollo de acondicionamiento físico mediante la utilización de máquinas y elementos que se requieran para tal efecto.
2.2.3 El cuartel de uso temporal, la sala de acondicionamiento físico, será una sala de uso para múltiples funciones, según requerimientos.
2.3 EDIFICACIONES
2.3.1 Los Cuarteles (principales, satélite y uso temporal) estaciones remotas y dependencia plan nieve SSEI proyectados, deberán ser concordante con las necesidades particulares del aeropuerto o aeródromo que se trate.
2.3.2 Las instalaciones deberán contar con suficientes salidas que permitan en forma expedita acceder a los vehículos principales de extinción de incendios, vehículos de apoyo y equipos auxiliares.
2.3.3 Las instalaciones deberán contar con energía eléctrica de emergencia y dispositivos de detección, alarma y extinción de incendios y aislación térmica.
2.4 CONFIGURACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DEL SERVICIO SSEI.
2.4.1 Los Cuarteles principales, satélite, uso temporal, dependencia del plan nieve y estaciones remotas del Servicio SSEI deberá contar con las siguientes dependencias:
Nota: Cabina de observación instalada sobre el techo del cuartel principal con acceso desde el interior. La Central de Comunicaciones y alarma está contenida en la cabina de observación.
2.4.2 Las dimensiones y capacidades de instalación del cuartel principal, cuartel satélite y uso temporal SSEI, deberán estar en conformidad con el nivel de protección SSEI que se brindará en el aeropuerto o aeródromo, situación que incidirá en el número de vehículos principales contra incendio, vehículos de apoyo, equipos auxiliares, equipamiento y personal con el que deberá contar.
2.4.3 Las dimensiones de las estaciones remotas serán de acuerdo con el tipo de vehículo que se disponga o se prevean tener y las dependencias plan nieve será acorde con el equipamiento y maquinaria plan nieve del aeropuerto o aeródromo.
CAPÍTULO 3
EMPLAZAMIENTO DE LOS CUARTELES Y DEPENDENCIAS SSEI.
3.1 OBJETIVO
Seleccionar conforme al Plano Regulador del aeropuerto o aeródromo, la ubicación correcta para emplazar los Cuarteles (principales, satélite y uso temporal) SSEI y estaciones remotas, a objeto cumpla con los requerimientos de tiempo de respuesta de los vehículos SSEI, conforme lo dispone el reglamento y la normativa aeronáutica.
3.2 PARÁMETROS CONSIDERADOS PARA LA SELECCIÓN DEL SITIO