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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS


DO 1353952 2018

DO 2024-10-26 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL / SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

(CVE 2560796)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile / Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante

INICIA PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN Y REVOCA LÍNEA DE LA PLAYA, SECTOR PLAYA SANTO DOMINGO, COMUNA DE SANTO DOMINGO, REGIÓN DE VALPARAÍSO

(Extracto)

Mediante resolución exenta Nº 12.200/07/10 Vrs., de fecha 9 de abril de 2024, de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, se resolvió:

1.- Iníciase procedimiento de modificación de la línea de la playa, aprobada mediante resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. Nº 12.200/33 Vrs., de fecha 11 de junio de 2010, representada en el plano DIRINMAR-22/2010, láminas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, y 10 "Plano Línea de la Playa, Playa de Santo Domingo", Escala 1:1.000.

2.- Revóquese la resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. Nº 12.200/33 Vrs., de fecha 11 de junio de 2010.

3.- Notifíquese a los interesados la presente resolución mediante publicación en el Diario Oficial.

4.- Dispónese que la presente resolución podrá ser impugnada ante la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, a través de la interposición del recurso de reposición, contemplado en el Art. 59º de la ley Nº 19.880, dentro del plazo de 5 días, contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de los demás recursos administrativos que establece dicha ley y los jurisdiccionales a que haya lugar.

El texto íntegro de la resolución indicada se encuentra disponible en el link https://www.di rectemar.cl/directemar/marco-normativo/boletin-informativo-maritimo/boletin-informativo, y en el Departamento de Borde Costero de la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático.

Valparaíso, a 4 de octubre de 2024.- Saluda a Ud., Nelson Saavedra Inostroza, Contraalmirante LT, Director de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático.






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